El Protocolo Notarial y su Formación

El Protocolo Notarial y su Formación

EL PROTOCOLO NOTARIAL comprende y se forma con todos los instrumentos públicos (matrices) y demás documentos incorporados al mismo en cada año desde el 1º de Enero al 31 de Diciembre, ambos inclusive. Los documentos protocolizados (escrituras, actas, testamentos, etc.) van numerados correlativamente, se folian en cifra, y se encuadernan en uno o varios tomos. También forman parte del Protocolo Anual los índices de documentos y alfabético, así como las notas de apertura y cierre.

El protocolo notarial pertenece al Estado, se puede reputar como un bien de dominio público, pero no de uso público, es Secreto, derivando éste aspecto de la faceta del secreto profesional que abarca la total relación entre el Notario y su cliente, desde el deber de consejo y asesoramiento (siempre gratuito) hasta la autorización o no de un documento.

No obstante lo anterior hay límites y excepciones al deber del secreto del Protocolo notarial, pues determinadas personas tienen derecho a enterarse del contenido del Protocolo a través de las copias, de su lectura o exhibición, todo ello en los casos legalmente previstos, así como también el Notario está obligado a suministrar información con trascendencia tributaria.

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