¿Ante Quién se Hace la Apostilla Notarial?
Partiendo del concepto que ya hemos dado de la Apostilla en el artículo anterior publicado en este blog, la Apostilla de documentos notariales corresponde a cada uno de los Decanos de los Colegios Notariales de España o a quienes hagan sus veces reglamentariamente, así como aquellos otros Notarios en quiénes éstos deleguen, con independencia del lugar del territorio nacional en el que dicho documento hubiera sido emitido.
En nuestro caso, como Notarios de Salamanca, para poder apostillar documentos que hayan sido otorgados ante nosotros, María Paloma Ruiz Ruipérez y Luis Mariano Muñiz Sánchez, o que se nos presenten con esta finalidad y otorgados ante otros compañeros, se informaría al cliente para su puesta en contacto en principio con nuestro Colegio Notarial de Castilla y León, pero al haber éste delegado esta función en nuestro compañero también de Salamanca, Don Carlos Higuera Serrano, es a éste a quien normalmente derivaríamos.
La Apostilla emitida en soporte papel se extiende en el propio documento apostillado. Si se extiende en documento separado, la apostilla quedará unida al documento apostillado.
Es importante resaltar que si el documento hecho en el extranjero está otorgado ante el Cónsul español en funciones notariales, éste no requiere de ninguna apostilla o legalización posterior y surte efectos en territorio español sin necesidad de ningún otro requisito.