Capitulaciones Matrimoniales

Capitulaciones Matrimoniales

Las Capitulaciones matrimoniales son : El contrato, que contiene las normas que regulan el régimen económico del matrimonio. Se firman , ante Notario y se recogen en Escritura Pública, que se inscribe en el Registro Civil.

En las Capitulaciones Matrimoniales, se pueden incluir: Normas de Convivencia; Pactos en previsión de crisis del matrimonio o donaciones de los padres a los esposos.

Las capitulaciones, se pueden hacer, antes o después de contraer matrimonio.

Si se realizan , antes del matrimonio, la boda deberá celebrarse, antes de 1 año desde la firma de la Escritura pública de capitulaciones matrimoniales para que las capitulaciones no se tengan que volver a otorgar.

LOS REGÍMENES ECONÓMICOS DEL MATRIMONIO MAS UTILIZADOS SON:

Régimen de Bienes Gananciales: Desde el primer día del matrimonio, el dinero que ganen y los bienes que se adquieran con ese capital, pertenece a ambos cónyuges. Dentro del régimen de bienes gananciales, se consideran bienes privativos, los que ya se tenían de soltero, soltera, o los que cada uno recibe, a titulo gratuito dentro del matrimonio, como herencias y donaciones.

Régimen Separación de Bienes: Cada uno de los cónyuges, sigue siendo titular de sus ingresos y posesiones; y no hay bienes en común, salvo que los dos miembros de la pareja estén de acuerdo

La sociedad de gananciales se extingue de tres formas:

  1. – Por divorcio o fallecimiento de uno de los cónyuges.
  2. –  Por separación judicial de la pareja.
  3. – Por acuerdo, de ambos cónyuges, en capitulaciones matrimoniales, en el que se pacte un régimen económico diferente.

Una vez hecha la disolución de la sociedad de gananciales, se ha de proceder a repartir los bienes al cincuenta por ciento entre los cónyuges.

Se puede modificar el régimen económico del matrimonio, ante Notario, en cualquier momento, siempre que los cónyuges estén de acuerdo.

El coste de la Escritura de Capitulaciones Matrimoniales es en torno a 60 Euros siempre que no proceda la liquidación de la sociedad de gananciales que dependerá de la cuantía.