Heredé una casa antes de contraer matrimonio; se ha reformado con dinero del matrimonio. ¿Que Derechos tiene mi marido sobre esta casa?

Heredé una casa antes de contraer matrimonio; se ha reformado con dinero del matrimonio. ¿Qué Derechos tiene mi marido sobre esta casa?

Con independencia, de que el matrimonio se haya realizado : en SEPARACIÓN DE BIENES o BIENES GANANCIALES. Los BIENES HEREDADOS, que se tuvieran en propiedad antes de contraer matrimonio, serán PRIVATIVOS de cada uno de los cónyuges, y, no pierden el carácter privativo, aunque, se invierta en estos bienes dinero del matrimonio.

En este caso, concreto, la titular de la casa, adquiriría una deuda, con la sociedad de gananciales del matrimonio, y, tendría que pagarla con bienes privativos suyos en el momento en que se liquidase la sociedad de gananciales.